miércoles, 4 de marzo de 2020

¿Estas o no obligado a presentar tu declaración anual de Asalariados?


Estas trabajando y no sabes si debes presentar o no tu declaración anual.

Lee lo siguiente te dará una noción.

Recuerda que la declaración anual para Asalariados se presenta durante el mes de abril de cada ejercicio, en los siguientes supuestos:
v  Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
v  Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos
v  Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
v  Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
v  Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
v  Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
v  Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
Estas exento de presentar Declaración Anual, si te ubicas en cualquiera de los siguientes supuestos:
v  Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un sólo patrón, siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000.00 pesos.
v  Haber obtenido ingresos por salarios y también haber obtenido intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00.

Deducciones Personales para la Declaracion Anual

Deducciones Personales para la Declaracion Anual